Historia en Libertad

miércoles, julio 02, 2008

Génesis del Estado Romano (patricios y plebeyos)

Roma es el único caso conocido de una "polis", o pequeña ciudad-estado que se transforma en Imperio universal. Muchas de las dificultades tenidas por Roma nacerán precisamente de tener que adaptar una organización política urbana a una estructura imperial.
La leyenda afirma que Roma fue fundada por Rómulo y Remo en el 733 a.C., leyenda fabulosa, pero cuya fecha interesa recordar, pues es el punto de partida de la era romana.
Lo más probable es que sobre las colinas que emergían de la llanura pantanosa del Latium se establecieron aldeas más tarde unificadas y convertidas en ciudad amurallada por reyes etruscos. Roma creció con rapidez, al estar ubicada en el lugar donde confluían las vías que unían a los griegos del Sur con los etruscos del Norte. En 509 a.C. los romanos, ya poderosos, arrojan a los reyes etruscos y abolen su gobierno despótico, instituyendo un gobierno republicano cuyos órganos principales son dos cónsules de nombramiento anual y el Senado. Esta República Romana va a durar cinco siglos llenos de luchas internas y exteriores. Las internas son de tipo social, pues los romanos aparecen divididos en dos clases sociales (los patricios y los plebeyos) tan intensamente separadas que se dirían castas, separación debida a causas históricas o económicas, no raciales. De hecho, los patricios monopolizan los cargos políticos y religiosos, son los únicos ciudadanos de pleno derecho, mientras los plebeyos (campesinos, artesanos y comerciantes) ni podían enlazar maritalmente con los patricios.
Los plebeyos luchan durante siglos por obtener la igualdad de derechos, y, aunque las luchas de clases no son sangrientas, amenazaron varias veces con retirarse de la ciudad y fundar otra, obligando así a los patricios a ir cediendo a sus pretensiones.
La primera conquista de los plebeyos: lograr se escribieran las leyes, a fin de que los jueces (de la casta patricial) no pudieran interpretarlas a su antojo. Así surge el primer código romano, la "ley de las Doce Tablas". Luego los plebeyos obtendrán el nombramiento de un magistrado especial que defienda sus derechos (tribunos de la plebe), la posibilidad de hacer en sus asambleas leyes propias (plebiscitos), acceder a los cargos de la República y contraer matrimonios mixtos. En el siglo II a.C. la distinción entre ambas clases había desaparecido casi por completo.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Me parece una estupenda y resumidisima información gracias